"No es más rico el que más tiene, sino el que menos necesita"

Sentencias y tribunales

Noticias de sentencias y tribunales relacionadas con Correos y el ámbito postal

El TSJ de Valencia declara derogado el Reglamento Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado.

La Sentencia  afirma que existe una derogación del régimen disciplinario de Correos  tras el Estatuto Básico del Empleado Publico.

La demanda fue promovida por el Sindicato Solidaridad Postal en el año 2009 por la sanción de un afiliado.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior  de Justicia de la Comunidad Valenciana    en sentencia  de 25 de abril del 2012, ha anulado la sanción   a un funcionario de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A. por falta de cobertura legal del  Reglamento Disciplinario, al que se le imputaban como autor y responsable  una falta de carácter grave de atentado a la dignidad de los funcionarios prevista en el articulo 7 letra ñ ) del Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado. con sanción de  suspensión de empleo y sueldo y cese en el puesto de trabajo,

 La  demanda promovida por el  Sindicato Solidaridad Postal en defensa de un afiliado   en el año 2009  ha sido estimada  por el TSJ de Valencia, confirmando  que  el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP, Ley 7/2007) en la tipificación de las faltas graves ha derogado  el Reglamento Disciplinario de los  Funcionarios Estatales (RD 33/1986), dejando sin  cobertura legal   la potestad disciplinaria  de Correos y de  la  Administración con  sus funcionarios.

El TSJ de la Comunidad Valenciana analiza el  Régimen disciplinario instaurado por el EBEP afirmando  que  asume la enumeración de las faltas muy graves  y remite para las futuras  normas de desarrollo la tipificación de las infracciones graves y leves y sus sanciones  pero,expresamente sujeta la  potestad disciplinaria al principio de legalidad, y por ello, la determinación de las faltas graves y leves debe serlo mediante norma con rango de ley. Así lo dispone con  claridad su artículo 95.3, al indicar: «Las faltas graves serán establecidas por ley de las Cortes Generales o de la asamblea legislativa de la correspondiente comunidad autónoma».

El TSJCV aplica  los criterios del Tribunal Constitucional   y llega a la interpretación de que  EBEP no contempla otro régimen disciplinario que no sea el fijado por normas con rango de ley, estatal o  autonómica en función del correspondiente reparto competencial  y al no fijar   disposiciones transitorias existe un vacío normativo con relación a la tipificación y sanción de las faltas disciplinarias graves.

Legislación:

04-05-2012 - Leer más


La Inspección de Trabajo detecta "fraude de Ley" generalizado en las contrataciones de Correos durante el año 2010 y 2011.

13-02-2012 - Leer más


Constitucional. La experiencia profesional no puede ser superior al 45 por 100 en la fase de concurso

08-04-2012 - Leer más


La asistencia a juicio como demandante es un permiso retribuido.- Tribunal Supremo.

03-04-2012 - Leer más


El TSJ de Valencia condena a Correos a indemnizar hasta que cumpla la sentencia por discriminación.

La sentencia  del Tribunal Superior de Justicia de Valencia  de noviembre de 2011, falla a favor de   un cartero de Rojales  que  fue discriminado  respecto a los demás trabajadores de la bolsa de empleo  al no ser llamado a trabajar a pesar de tener una sentencia previa  del año 2007, que obligaba a incluirle en las bolsas de empleo, y que Correos no cumplió hasta Julio del 2008. La sentencia condena a  indemnizarle con todos los salarios del año 2007 a 2008 hasta que fue incluido y llamado a trabajar.

19-12-2011 - Leer más


TC : Es nula la dispensa de titulación en materia de promoción interna de funcionarios públicos.

La dispensa de un requisito de titulación en materia de promoción interna de funcionarios públicos, en este caso de la Administración local, que únicamente corresponde regular al Estado, ha vulnerado con ello el orden constitucional de distribución de competencias, ya que el inciso "pudiendo participar en un plazo de tres años desde la citada entrada en vigor en los concursos-oposición de promoción interna con dispensa de un grado del requisito de titulación, siempre que hayan superado o superen los cursos que a tal efecto imparta la Escuela Regional de Policía Local de Cantabria" está en contradicción con las normas básicas de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la función pública, incidiendo, por consiguiente, en un ámbito competencial reservado al Estado por el art. 149.1.18 CE, por lo que se debe declarar nulo el reproducido inciso, al apreciar la vulneración del expresado precepto constitucional, con la limitación de efectos a que se refiere el art. 40 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

09-12-2011 - Leer más


TC. Nulidad de la modificación retroactiva de rendimientos del trabajo personal en el IRPF.

Renta salarial irregular.. La exigencia del principio de seguridad jurídica (art. 9.3 CE), procede declarar que únicamente han de considerarse situaciones susceptibles de ser revisadas con fundamento en esta Sentencia aquellas que, a la fecha de publicación de la misma, no hayan adquirido firmeza por haber sido impugnadas en tiempo y forma y no haber recaído todavía una resolución administrativa o judicial firme sobre las mismas.

09-12-2011 - Leer más


La Agencia Tributaria reconoce como exentas de IRPF 2010 las indemnizaciones pagadas a un trabajador de Correos por violación de derechos fundamentales.

 La Agencia Tributaria  ha  reconocido  como  exentas de tributar a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas  (IRPF) del año 2010 las indemnizaciones  que Correos y Telégrafos ha pagado a un trabajador , excluido de  la bolsa de contratación de la empresa, por vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva respecto a su garantía de indemnidad.

 El Acuerdo de la Agencia Tributaria, resuelve  que  estimadas las alegaciones presentadas por el Sindicato Solidaridad Postal no cabe hacer liquidación provisional  por las cantidades cobradas como indemnizaciones reconocidas  en sentencia y finaliza el procedimiento de verificación.

 

05-12-2011 - Leer más


El Juzgado anula el laudo arbitral de las elecciones sindicales a la Junta de Personal de Funcionarios de Correos de Alicante

El pasado viernes, 28 de junio, se celebró la votación para elegir 21 representantes sindicales de los funcionarios de Alicante  en la empresa Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. (Correos).

Estas elecciones sindicales se  impugnaron por el Sindicato Solidaridad Postal  al no haberse permitido participar en las mismas al no proclamarse su candidatura y decaer solicitando la nulidad del proceso electoral.

 El laudo arbitral  desestimo la impugnación  y convalidad el proceso electoral, al entender que la reclamación del Sindicato Solidaridad  presentado antes la Comisión Provincial de Arbitrajes  contra Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, CCOO,  UGT, CSIF, Sindicato Libre, STAS y CGT, estaba fuera de plazo o  caducada.

El Juzgado de lo Social Dos de Alicante en sentencia de 2 de noviembre de 2011, estima la demanda presentada por el Sindicato Solidaridad Postal , revoca y anula  el laudo arbitral  citado al entender que la reclamación se presento dentro de plazo al ser el sábado no laborable e inhábil  en la empresa tras la firma del Tercer Convenio Colectivo y obliga al arbitro a dictar nuevo laudo en la que se pronuncie sobre la nulidad del proceso electoral, condenando a  Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, CCOO,  UGT, CSIF, Sindicato Libre, STAS y CGT.

29-11-2011 - Leer más


TSJ de Valencia anula la exclusión de bolsas por evaluación negativa de un trabajador de Correos de Alicante.

TSJ de Valencia anula la exclusión por evaluación de desempeño negativa de las  bolsas de empleo de Correos   de un trabajador de Alicante por crear indefension.

El Tribunal  Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJV), en sentencia de 11 de Noviembre de 2011, exige que las evaluaciones del desempeño  negativas    de los empleados temporales  de Correos que producen la exclusión de las Bolsas de Empleo se hagan con la participación del trabajador sin que se produzca indefensión.

 De esta manera se ha pronunciado el Tribunal  en una sentencia que resuelve el recurso de suplicación  promovido por el Sindicato Solidaridad Social ( SSP)  que revoca  la Sentencia dictada  por el Juzgado de lo Social 4 de Alicante, que había declarado conforme a derecho la expulsión de las bolsas  de empleo Correos  sin comunicación al trabajador de las evaluaciones de desempeño  negativas que habían realizado sus Jefes inmediatos.

Las evaluaciones negativas son informes del desempeño arbitrarios (no regulados por un procedimiento) del puesto de trabajo que hacen los Directores de Oficina y Jefes Inmediatos del trabajador  en los cuales este  no participa, ni se le da la posibilidad de defenderse   y que provocan que el trabajador de las Bolsas de Empleo pierda su trabajo. Esto se hace sin las garantías de un expediente disciplinario gracias al Segundo y Tercer Convenio Colectivo firmado   por CC OO, UGT y CSIF con Correos  provocando la creación de listas negras ocultas.

 El  Tribunal Superior de Justicia anula  todas las decisiones de la empresa Correos con respecto al trabajador  porque " difícilmente  puede admitirse que una persona sea excluida  de las bolsas de contratación  simplemente porque así se desprenda  de una base de datos de la propia  empresa, sin que nadie haya adoptado formalmente una decisión y sin  que esta se hubiera  comunicado al interesado.

En todo el territorio nacional hay aproximadamente 70.000 inscritos en las bolsas de empleo y 3000 trabajadores temporales  en la provincia de Alicante a los que afecta esta sentencia.

Para el Sindicato  Solidaridad Postal (SSP), de la sentencia del TSJ de Valencia  debe  derivarse  que estas evaluaciones de desempeño  negativas del trabajador sean sometidas a expediente disciplinario donde el trabajador tenga las garantías  de poder defenderse de los informes de sus Jefes con asistencia sindical. Además dichas evaluaciones negativas son arbitrarias al no estar sometidas a un procedimiento regulado y  son discriminatorias ya que se hacen solo a los trabajadores temporales inscritos en las bolsas de empleo  y no a los fijos y funcionarios que gozan de las garantías de un expediente disciplinario.

28-11-2011 - Leer más


Mostrando de 1 a 10 de 27 noticias. 123  <>

20-05-2012

Encuesta

¿Cobras por las funciones que corresponden a la categoría que tienes en el contrato?





Últimas noticias

Informe periodo de prueba Personal Laboral.
EN AMBOS CASOS SE DEBERÁ TENER EN CUENTA SOBRE TODO: Cumplimiento de los horarios de entrada y salida. Actitud ...

Ayuda a la vivienda de Muface 2012.
Resolución de 23 de abril de 2012, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convocan...

Comisión Nacional del Sector Postal, por la que se crea el registro electrónico del organismo.
Resolución de 11 de abril de 2012, de la Comisión Nacional del Sector Postal, por la que se crea el registro electróni...

Encuesta: ¿Cobras por las funciones que corresponden a la categoría que tienes en el contrato?
Decimoseptimita/2012  encuesta consistirá en la pregunta: Encuesta: ¿Cobras por  las funciones que corresponden a...