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Publicada: 20-05-2014
El Tribunal Superior de Justicia de la Rioja ha confirmado en su sentencia de 3 de abril dle 2014 la obligacion tributaria impuesta a Correos por el Ayuntamiento de Logroño sobre deudas relativas al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
La Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal estima en su fallo, el recurso presentado por el Ayuntamiento de Logroño contra una resolución anterior del Tribunal Económico Administrativo Regional (Tear).
El conflicto entre ambas partes, que ha llegado ya en otras ocasiónes a los TSJ con el mismo resultado, gira en torno al concepto en el que ha de incluirse la actividad de Correos en sus oficinas de las diferentes provincias, donde están ubicadas delegaciones de la entidad financiera Deutsche Bank SA.
El Ayuntamiento de Logroño entendía que debía incluirse en las tarifas del IAE correspondientes a «otros servicios financieros».
Sin embargo, la sociedad anónima sostiene que no realiza actividades financieras, sino que ejerce de agente de una de estas entidades, «actuando en nombre de Deutsche Bank».
Los magistrados rechazan los argumentos de la empresa postal por cuanto otros Tribunales Superiores de Justicia ya han fallado en contra de Correos en causas idénticas.
« La Sala comparte el criterio que sigue el TSJ de Cataluña y entiende que los servicios prestados por Correos en base al denominado contrato de agencia de entidad de crédito deben incluirse en el epígrafe 831/9, pues, como sostiene el Ayuntamiento recurrente, es el más próximo y el de menor grado de residualidad, pues se trata de una actividad relacionada con el tráfico bancario».
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