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El TSJ declara exentas de IRPF las indemnizaciones por violación de derechos fundamentales y anula las retenciones hechas por Correos.

Publicada: 15-02-2011

Correos ha sido condenada a pagar indemnizaciones de 8 millones de euros durante el año 2008, 2009 y 2010 por discriminar a sus trabajadores en las bolsas de empleo.

Se establece la competencia de los Juzgado de lo Social para aplicar retenciones de IRPF a las cantidades establecidas en sentencia.

 

 

 

 

 

 

SINDICATO SOLIDARIDAD POSTAL-ALICANTE


La empresa publica Correos y Telégrafos tendrá que revisar sus declaraciones a Hacienda de los años 2009 y 2010 después de esta sentencia.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Valencia , ha dictado sentencia que impide hacer retenciones de IRPF en la indemnizaciones a las que fue condenada la empresa publica por excluir a sus trabajadores de las bolsas de empleo lesionando sus derechos fundamentales de igualdad y tutela judicial efectiva, en virtud a un recurso desestimado que presentó el la Abogacía del Estado en nombre de la empresa y que fue impugnado por el Sindicato Solidaridad Postal en favor de sus afiliados.

La empresa defendía que estas indemnizaciones eran salarios al establecerlo así la Dirección General de Tributos y que por tanto debían de tributar como rentas del trabajo a efectos de IRPF y que la competencia sobre retenciones de IRPF pertenecía a la Jurisdicción Contencioso Administrativa siendo incompetente el Juzgado de lo Social. El Sindicato Solidaridad Postal defendía que eran indemnizaciones por daños personales y por tanto gozaban de exención de IRPF y la competencia pertenecía al Juzgado de lo Social

El Tribunal Superior de Justicia de Valencia, establece en la sentencia la competencia de los Juzgados de lo Social para fijar las retenciones de IRPF en las cantidades a las que han sido condenas las empresas y que las indemnizaciones que tiene que abonar la empresa Correos por violar los derechos fundamentales de sus trabajadores incluidos en bolsas de empleo están exentas de IRPF al incluirse dentro de los daños personales del articulo 7 letra d) de la La Ley sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas


 

Valoración del Sindicato Solidaridad Postal


 

La importancia de esta sentencia, según Pere Canto y Rafael Cortes- Secretarios Generales del Sindicatos Solidaridad Postal, es que Correos ha pretendido practicar retenciones de IRPF a los 300,000€ en indemnizaciones a que ha sido condenada por exclusión de las Bolsas de Empleo hasta el momento por discriminar a 16 trabajadores afiliados al Sindicato Solidaridad Postal en la provincia de Alicante y 8 millones de euros en el resto del Estado, que según este fallo dichas cantidades deberán ser declaradas rentas exentas a efectos de IRPF .

Ademas dicha sentencia afectara también a las reclamaciones del personal que tiene pendiente de abonar Correos y para las que la empresa tiene provisionado 57 millones de euros, según la memoria anual del año 2009 (,http://www.correos.es/comun/informacionCorporativa/Memoria%202009/cuentas_anuales.pdf), lo que supone un autentico despilfarro.

Correos puede presentar recurso contra la sentencia del TSJ.



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