SolidaridadPostal.com > Noticias > Circulares

Campaña de Navidad 2017. Productividad y remuneración en Correos 2017

Publicada: 30-11-2017

MATERIA: CAMPAÑA DE NAVIDAD 2017         

CIRCULAR Nº     1/2017

ASUNTO: Productividad y remuneración del trabajo en la campaña de navidad 2017

1.    GRATIFICACIÓN FIJA

1.1.- Ámbito Subjetivo.

Podrán percibir esta gratificación -en la cuantía que corresponda según se explica en el apartado siguiente- los empleados de Correos que reúnan los siguientes requisitos:

  • Haber permanecido vinculado y en activo en la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A, DE FORMA ININTERRUMPIDA, desde el 1 al 31 de diciembre de 2017. En el concepto de empleado se incluye al personal funcionario, personal laboral fijo (incluidos fijos discontinuos y fijos a tiempo parcial) y personal laboral eventual, excluyéndose a los contratados eventuales por circunstancias de la producción para atender las tareas y funciones de las unidades de Correos durante la Campaña de Navidad y a las contrataciones para la entrega de notificaciones en turno de tarde.
  • Trabajar en una de las siguientes áreas y /o unidades: Reparto ordinario, reparto urgente, clasificación de cartería, apartados, ruteros, personal operativo de los centros y unidades de tratamiento (admisión masiva, clasificación automática, manual, productos registrados y carga y descarga), rurales A, conductores intercentros, oficina de cambio de Madrid y personal operativo de las oficinas postales. También percibirán esta gratificación los Jefes de las Unidades afectadas. Los rurales B y los    empleados    a    tiempo    parcial    tendrán   derecho     a    la    misma compensación en proporción a la jornada contratada en cada caso.

 

 

1.2.- Cuantía  y descuentos.

Se percibirá una gratificación de 95.08 euros, en concepto de mayor productividad, por el conjunto de la Campaña de Navidad.

Por cada día de inasistencia parcial o total al trabajo dentro de su jornada habitual, en el período indicado, se descontará de la compensación señalada la cuantía de 12,02 euros en el caso del primer día; que será de 18,03 euros en el segundo y tercero, salvo por causa justificada de parto, nacimiento, acogimiento y adopción de un hijo y por el fallecimiento, violencia de género, accidente o enfermedad graves de un familiar prevista en la regulación interna de Correos y por accidente de trabajo  producido durante el mes de noviembre o diciembre.

El personal operativo, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, podrá disfrutar de hasta dos días de permiso (asuntos particulares, asuntos particulares por antigüedad o días adicionales a las vacaciones) sin penalización, a partir del día 11 de diciembre, tras garantizar, en cualquier caso, una adecuada cobertura del servicio.

Fuera de estos supuestos se perderá el derecho a la percepción de la compensación económica en el caso de que se produzca la inasistencia al trabajo durante más de tres días en el período señalado del 1 al 31 de diciembre de 2017.

 

 

2.    NORMAS GENERALES ORGANIZATIVAS.

En el periodo que comprende la Campaña de Navidad y con la finalidad de garantizar los plazos de calidad, se podrán adoptar medidas organizativas que permitan adaptar la capacidad productiva a las necesidades operativas en las unidades que lo requieran.

Para atender estas actuaciones que pudieran surgir en las unidades de distribución (tales como efectuar repartos puntuales fuera de los horarios habituales), o en las unidades de admisión masiva, carga y descarga, salas de dirección y centros de tratamiento, se actuará conforme a lo establecido en el apartado 5.1 de estas instrucciones.

La compensación a los empleados se efectuará mediante horas adicionales, que se retribuirán por la cuantía de la hora extraordinaria que corresponda.

 

 

3.    SERVICIOS PREVISTOS PARA LOS DÍAS 24 Y 31 DE DICIEMBRE.

El personal que preste su servicio durante los días 24 y 31 de diciembre en cualquiera de las unidades operativas (oficinas y logística), será el mínimo imprescindible para atender las necesidades operativas y de negocio de cada una de estas unidades.

En cuanto a las oficinas postales sólo prestarán servicio estos días aquellas ubicadas en centros comerciales, ajustando su horario de atención al público al del propio centro comercial.

La prestación de servicios en estos días será retribuida con un módulo de 79,48 euros por trabajador/día.

 

 

4.    SERVICIOS A REALIZAR LOS DIAS 25 DE DICIEMBRE  DE 2017 Y 1 DE ENERO DE 2018.

Como norma general, no se prestará ningún servicio en estos días. Los empleados de los centros de tratamiento, que por turno, les corresponda trabajar las noches de los días 25 a 26 de diciembre y 1 a 2 de enero, realizarán las horas adicionales de festivo que sean necesarias para la organización de los servicios postales en dichos centros.

 

 

5.  NORMAS COMPLEMENTARIAS DE CARÁCTER GENERAL.

1.  Cuando en alguna localidad y/o unidad concurra un incremento sustancial de actividad, se podrán realizar horas adicionales/extras, en base a los criterios de asignación previstos para cada Dirección de Zona, por las Direcciones de Operaciones y de Recursos Humanos, hasta el límite presupuestado.

2.   El Comité de seguimiento, en su caso, se reunirá con las organizaciones sindicales con representación en cada ámbito, para informarles del desarrollo de la campaña.

3.   Correos se  compromete  a  agilizar  los  trámites para  que  el pago  de  la campaña se haga en la nómina del mes de enero.

 

 

Madrid,  29  de  noviembre  de  2017.  

 



Formación SSP

Últimas noticias

Calendario laboral Correos 2024
SSP INFORMA: Circular 7 marzo 2024. Calendario Laboral 2024. Calendario Laboral 2024 Ámbito de Aplicación ...

Un Juzgado de Alciante reconoce el indefinido no fijo a un trabajador de Correos con siete contratos temporales
SPS INFOR:  Un Juzgado de Alciante  reconoce el indefinido no fijo a un trabajador de Correos con siete contratos t...

El TSJ Valencia condena a Correos a indemnizar con 11.800 euros a una cartera a la que se saltaron en la bolsa de empleo para que no fuera indefinida.
SPS INFOR: El TSJ Valencia condena a Correos a indemnizar con 11.800 euros a una cartera a la que se saltaron en la...

Indemnizaciones por el cese del personal interino y eventual el 23 de octubre 2023( estabilización Correos)
SPS INFOR: Indemnizaciones por el cese del personal interino y eventual el 23 de octubre 2023( estabilización Corre...