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Publicada: 17-07-2013
El Juzgado de lo Social Siete de Alicante en sentencia de julio del 2013 ha condenado a la empresa pública Correos y Telégrafos dependiente del SEPI que se dedica al servicio público postal por contratar temporalmente en fraude de ley a un afiliado del Sindicato Solidaridad Postal cuando correspondía un contrato de interinidad por vacante o indefinido.
El sindicato SSP presento demanda por el despido del trabajador afilado solicitando la nulidad ya que el 31 de diciembre del 2012 se extinguieron a 167 trabajadores/as los contratos temporales fraudulentos de un mes en la misma situación que su afiliado ( despido colectivo) para evitar superar los umbrales del despido colectivo, o subsidiariamente la improcedencia . El despido colectivo o masivo, según defiende el SSP, se traduce en la no prorroga o extinción de 168 de los contratos temporales fraudulentos que se utilizaban para cubrir vacantes o necesidades estructurales en las localidades de Alicante, Almoradi, Altea, Aspe, Benejuzar, Benidorm, Benissa, Callosa de Ensarria, Callosa de Segura, Calpe, Castalla, Concentaina, Cox, Crevillente, Denia, El Campello, Elche, Elda, Guardamar del Segura, Ibi, Javea, La Nucia, Muro de Alcoy, Muchamiel, Novelda, Ondara Orihuela, Orihuela Costa, Pedreguer, Pilar de la Horadada, Rojales, San Vicente del Raspeig, San Juan, Santa Pola, Torrevieja, Villajoyosa, Villena. Correos una vez extinguidos estos contratos formalizo contratos temporales en el mes de noviembre del 2012 en sustitucion de los trabajadores despedidos en el mes de Octubre de 2012. La sentencia estima la improcedencia del despido del trabajador afiliado.
La sentencia viene a poner de manifiesto la ventaja competitiva de Correos con respecto a otras empresas del sector, consistente en trocear puestos o contratos fijos en contratos eventuales sucesivos sin limitación de tiempo y sin sacar oposiciones siendo los trabajadores/as despedidos/as sin indemnización alguna al alegar la empresa la terminación del último contrato.
Para el SSP, estos despidos, simulados con terminaciones de contratos de un mes, son inadmisibles ya que Correos, hace trampas, y obtiene un ventaja competitiva con respecto a otras empresas, ya que es una sociedad pública que puede disponer de trabajadores con contratos eventuales por tiempo indefinido, pero susceptibles de ser despedidos sin indemnización alguna, no renovando los contratos temporales, así lo manifiesta la Magistrada en la sentencia " Por todo ello se considera que los contratos eventuales celebrados con el actor lo fueron en fraude de ley porque debió efectuarse un contrato de interinidad para cubrir una plaza vacante y no eventual".
La disminución de un 40% de los envíos postales desde el 2008 a 2012 está provocando la reducción de plantilla en Correos en Alicante y en todo el territorio nacional. Correos se está empleando en suprimir puestos de trabajo vacantes en las localidades citadas a fin de adaptarse a la disminución de correspondencia, lo que va a provocar que miles de trabajadores/as de las bolsas de empleo dejen de tener trabajo mediante la no renovación o prorroga de los contratos temporales fraudulentos que cubren las vacantes .
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