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Un tribunal establece que las mejoras de prestaciones por incapacidad temporal establecidas en Convenio deben incluir las pagas extraordinarias.

Publicada: 01-09-2017

Alicante a 14 de Agosto  de 2017(SSP). El Tribunal Superior de Justicia de Valencia  ha dictado una sentencia notificada el mes de julio,  en la que considera que las mejoras de  prestaciones por incapacidad y accidente de trabajo establecidas en el III  Convenio  de Correos y Telégrafos que percibe un/a trabajador/a  durante el periodo de baja, se deben de pagar cuando  un trabajador es despedido y  deben de incluir la parte proporcional de pagas extraordinarias hasta alcanzar el 100% del salario mensual  previo a su despido o extinción de contrato.

Se trata de la primera  sentencia que emite este  Tribunal sobre el asunto a pesar de la posición contraria del INSS, la Mutua, la empresa.

El TSJ Comunidad Valenciana concede la razón a un  trabajador de Correos, agente de clasificación postal,  despedido y  afiliado al Sindicato Solidaridad Postal,  que se enfrentó al Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Mutua y  Correos.  El trabajador fue despedido estando de baja  y paso a cobrar del INSS  la prestación de incapacidad del 70% hasta su recuperación. Tras ser declarado nulo su despido, reclamo el 100% del salario mensual durante el periodo que estuvo enfermo  al INSS, la Mutua y Correos, sin éxito.  El  Juzgado de lo Social 6 de Alicante en febrero del 2016, le dio la razón al trabajador  condenando a Correos  a pagar el salario mensual  excluyendo  la  parte proporcional de la paga extra y  absolviendo al INSS  y la Mutua Muprespa.

El trabajador no conforme recurrió, a través de los servicios jurídicos del Sindicato Solidaridad Postal, y ahora el TSJ de la Comunidad Valenciana, vuelve a dar la razón al trabajador. El TSJCV,  revoca la sentencia del Juzgado de lo Social y concede al  trabajador el 75% de las prestaciones de  baja por Incapacidad  del mes anterior a su despido condenando al INSS y MUPRESPA a abonar  la prestación  y condena a Correos  a  pagar y completar hasta  el  100% del salario incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias .

El Sindicato Solidaridad Postal  calcula que hay 37.000  trabajadores laborales fijos y temporales de Correos  que podrían beneficiarse de la interpretación fijada por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

 

 

 

Fuente

RRHH Press

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